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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001108

Si una persona fallece sin otorgar testamento y deja bienes inmuebles y muebles ¿necesita algún documento que sustituya al testamento? ¿dónde lo puede conseguir?


  

Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 23/07/2015

En el supuesto de que una persona fallezca sin haber otorgado testamento, es necesario tramitar en la notaría el Acta de Notoriedad de declaración de personas herederas.

Enlaces

DF 11ª de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, de modificación de la Ley del Notariado

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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