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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000939

Normativa aplicable y lugar de ingreso de retenciones de un premio


  

Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 01/01/2014

Las personas y entidades que están obligadas a practicar retenciones o ingresos a cuenta aplicarán lo previsto en el Título VII del Decreto Foral 47/2014, por el que se aprueba el Reglamento del IRPF, cuando las mismas deban ser ingresadas en la Diputación Foral de Bizkaia.

Se exigirán por la Diputación Foral de Bizkaia si el pagador de los mismos tiene su residencia habitual o domicilio fiscal en Bizkaia.

En cualquier caso, se exigirán por la Diputación Foral de Bizkaia cuando correspondan a premios por ella satisfechos.

Enlaces

Art. 79 del DF 47/2014, Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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