www.bizkaia.eus/guregida


Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000889

¿Cuándo nace la obligación de retener?


  

Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 01/01/2014

Con carácter general, la obligación de retener o ingresar a cuenta nacerá en el momento en que se satisfagan o abonen las rentas correspondientes.

Enlaces

Art. 85 del DF 47/2014, Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

Volver