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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000888

¿Existe obligación de retener si la renta está exenta o en el caso de las dietas exceptuadas de gravamen?


  

Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 01/01/2014

No hay obligación de retener si la renta está exenta, con excepción de la establecida en el número 24 del artículo 9 de la Norma Foral del Impuesto (dividendos con el límite de 1.500 euros) y las dietas y asignaciones para gastos de locomoción y gastos normales de manutención y estancia exceptuados de gravamen.

Enlaces

Art. 82 a) del DF 47/2014, Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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