Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000887
Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 01/01/2014
El pagador, persona física, sólo estará obligado a retener si satisface rentas en el ejercicio de sus actividades económicas. En el resto de supuestos no está obligado a practicar retención.
Art. 83 del DF 47/2014, Reglamento del IRPF
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.