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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001287

Una persona, con residencia habitual en Leioa desde el año 2004 fallece dejando como herederos a su hija y a su hijo, el cual no tiene descendientes. Éste último renuncia a la herencia pura y simplemente. ¿Deben tributar por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones?


  

La renuncia a la herencia debe hacerse siempre en escritura pública.

La hija deberá declarar por la herencia. El hijo, no, ya que renuncia pura y simplemente a la herencia.

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Renuncia a la herencia

Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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