Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001287
La renuncia a la herencia debe hacerse siempre en escritura pública.
La hija deberá declarar por la herencia. El hijo, no, ya que renuncia pura y simplemente a la herencia.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.