El presentador/a de la declaración o autoliquidación tributaria, y, en su caso, de otros documentos, tendrá, por el solo hecho de la presentación, el carácter de mandatario/a de las personas obligadas al pago del impuesto, y todas las notificaciones que se le hagan en relación con la declaración o autoliquidación presentada (por ejemplo, requerimientos), tendrán el mismo valor y producirán iguales efectos que si se hubieran entendido con los mismos interesados.
Datos del documento:
Marcar X en:
Es imprescindible presentar instancia privada o documento público solicitando a esta Hacienda Foral la liquidación del impuesto y al Registrador de la Propiedad, en caso de ser bien inmueble, la extinción de usufructo y consolidación del dominio.
Se marcará la casilla Extinción de Usufructo.
Se marcará la casilla Extinción de Usufructo.
Fecha y Firma: Se deberá firmar el impreso por la persona presentadora o contribuyente en la página 4 y la carátula.