El presentador/a de la declaración o autoliquidación tributaria, y, en su caso, de otros documentos, tendrá, por el solo hecho de la presentación, el carácter de mandatario/a de las personas obligadas al pago del impuesto, y todas las notificaciones que se le hagan en relación con la declaración o autoliquidación presentada (por ejemplo, requerimientos), tendrán el mismo valor y producirán iguales efectos que si se hubieran entendido con los mismos interesados.
Datos del documento:
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Marque también la casilla Vehículos y Sucesión.
Fecha y Firma: Se deberá firmar el impreso por la persona presentadora o contribuyente en las páginas 2, 3 y la carátula, además de en el Anexo 1.