Libro-registro de operaciones económicas
Las personas físicas, entidades en régimen de atribución de rentas y herencias que se hallen pendientes del ejercicio de un poder testatorio que desarrollen actividades económicas deben llevar y conservar un único libro en el que se identificarán debidamente las operaciones de cada una de ellas, denominado libro registro de operaciones económicas.
Además de cumplimentar el libro registro de operaciones económicas, los obligados tributarios cuyo rendimiento se determine en la modalidad normal del método de estimación directa, (salvo que la actividad económica realizada no tenga carácter mercantil), estarán obligados a llevar contabilidad ajustada a lo dispuesto en el Código de Comercio.
La obligatoriedad de llevanza de los libros registros que incumbe a empresarios y profesionales y otros sujetos pasivos del Impuesto sobre el Valor Añadido se entenderá cumplida con la llevanza del libro registro de operaciones económicas.
Programa de ayuda
El libro registro de operaciones económicas se llevará por medios informáticos.
- Hasta el ejercicio 2021 (incluido): dispone de un programa de ayuda en la plataforma BILA donde podrá generar el modelo 140
- En los años 2022 y/o 2023:
- Si se adhiere voluntariamente al sistema Batuz deberán llevar, a partir de la fecha de su adhesión, el libro registro de operaciones económicas (LROE) a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia
- Si no se adhiere al sistema Batuz, llevará el libro-registro y presentará el modelo 140 por medio de la plataforma BILA
- El 1-1-2024 los contribuyentes del IS (Impuesto de Sociedades) que no cumplan con los requisitos para ser considerados microempresas, pequeñas empresas o medianas empresas deben incorporarse al sistema BATUZ, en otros supuestos, contribuyentes del IS, personas físicas, ERAR (entidades en régimen de atribución de rentas-comunidades de bienes-), con actividad económica, la fecha de incorporación varía en función de su tipo de actividad.
- Una vez incorporados al sistema BATUZ deberán llevar el Libro Registro de Operaciones Económicas en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia, bien con un software adaptado a los requisitos establecidos en la normativa que regula esta obligación, o bien usando la siguiente aplicación LROE de las personas físicas y comunidades de bienes, sociedades civiles y otras ERAR (modelo 140)
Plazo
Plazo de presentación del modelo 140 del ejercicio 2023: Del 1 al 29 de febrero de 2024
Enlace
Normativa aplicable (389 KB)
Normativa de BATUZ