Tasa por la prestación de servicios por parte del Servicio Foral de Extinción de Incendios y Salvamentos de la DFB
¿Quiénes son las personas obligadas al pago?
- Quedan obligadas al pago de esta tasa las personas físicas y jurídicas y entidades en régimen de atribución de rentas, que resulten beneficiadas con la intervención o por el auxilio prestado por el Servicio Foral de Extinción de Incendios y Salvamentos, que se registren en el Territorio Histórico de Bizkaia y, excepcionalmente fuera de él, háyanse o no solicitado y cualquiera que fuere el resultado o eficacia del mismo en orden al siniestro de que se trate.
- Serán responsables solidarios del pago de la presente tasa: a) Las entidades o sociedades aseguradoras de riesgos que desarrollen su actividad en el ramo. b) Quien o quienes hayan provocado el siniestro. c) Los propietarios del inmueble, el de la habitación, el industrial o comerciante afectados.)
Normativa
- Normativa básica
- Desarrollo