Modelo 184

1. Datos generales y sujeto pasivo

184 modelo

Ejercicio

Se reflejarán las cuatro cifras del ejercicio al que corresponda la declaración.

Declaración complementaria o sustitutiva

Declaración complementaria. Se marcará una X en esta casilla cuando la presentación tenga por objeto incluir operaciones que, debiendo haber sido incluidas en otra declaración del mismo ejercicio presentada con anterioridad, hubieran sido completamente omitidas en la misma. En este caso sólo se incluirán las operaciones, no reflejadas anteriormente y que motivan este tipo de declaración.

Declaración sustitutiva. Se consignará una X en esta casilla cuando la presentación de la declaración tenga por objeto anular y sustituir completamente a otra declaración en la cual se hubieran incluido datos inexactos o erróneos. Una declaración sustitutiva sólo puede anular una única declaración anterior.

Clave tipo de entidad

Consignará la clave numérica correspondiente al tipo de entidad según la siguiente relación:

  1. Sociedad Civil
  2. Comunidad de bienes
  3. Herencia yacente
  4. Comunidad de propietarios
  5. Otras

Clave actividad principal

Se consignará la clave numérica que corresponda a la actividad principal realizada por la entidad de las cinco siguientes:

  1. Actividad empresarial
  2. Actividad profesional
  3. Tenencia y administración de bienes inmuebles
  4. Tenencia y administración de valores o activos financieros
  5. Otras

Importe Volumen de Operaciones

Conjunto de las actividades económicas desarrolladas por la entidad, el importe total de las contraprestaciones, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido y el Recargo de Equivalencia, en su caso, obtenido en las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en la actividad.

2. Resumen de los datos incluidos en la declaración

resumen 184

 

  • Resumen de los datos incluidos en la declaración:
    • Nª total de registros de socios, herederos, comuneros o partícipes: Se consignará, para el conjunto de socios/as, herederos/as, comuneros/as o participes incluidos en la declaración, el número total de claves o subclaves de rendimientos, deducciones o retenciones atribuibles para los que se haya consignado un importe (véanse, más adelante, instrucciones de cumplimentación de la hoja de relación de socios y socias, herederos/as, comuneros/as o participes).
  • Presentación colectiva
    • Número total de entidades declarantes. Se indicará el número de entidades cuyas declaraciones se incluyen en el soporte colectivo presentado.
    • Número total de registros de socios/as, herederos/as,comuneros/as o partícipes. Se consignará el número total de registros de tipo 2 (Registros de detalle) en los que se haya hecho constar como tipo de hoja la “S”, según el diseño de registro aprobado para este modelo.
3. Rendimientos del capital mobiliario

184 mobiliario

Rendimientos de capital mobiliario previstos en los artículos 34, 35 y 36 (dividendos, intereses de cuentas, obligaciones, bonos, rendimientos operaciones capitalización o contratos de seguros de vida o invalidez). de la Norma Foral 13/2013 del IRPF.

 

Rendimientos de capital mobiliario previstos en el artículo 37 (alquiler de negocio, subarrendamientos, prestación de asistencia técnica, propiedad intelectual o industrial) de la Norma Foral 13/2013 del IRPF.

 

4. Rendimientos del capital inmobiliario

184 inmobiliario

  • Rendimientos previstos en el art. 32.1 de la Norma Foral 13/2013 del IRPF (arrendamientos de vivienda sujetos al art.2 de la LAU).
    En el apartado de gastos y bonificación solo se computará el importe de los intereses de los capitales ajenos invertidos en su adquisición, rehabilitación o mejora y la bonificación (20 por 100 sobre los rendimientos íntegros obtenidos por cada inmueble).
  • Rendimientos previstos en el art. 32.2 de la Norma Foral 13/2013 del IRPF (arrendamientos de locales, garajes y otros inmuebles distintos al apartado anterior).
    En el apartado de gastos y bonificación : se reflejarán los gastos necesarios para la obtención de los rendimientos, incluido el importe de los intereses de los capitales ajenos invertidos en la adquisición, rehabilitación o mejora de los bienes, derechos o facultades de uso o disfrute de los que procedan los rendimientos, y demás gastos de financiación y la amortización de los bienes en las condiciones reglamentarias.
5. Rendimientos de actividades económicas

184 Act. Económica

Método de determinación de rendimientos:

  • Estimación Directa Modalidad normal: 1
  • Estimación Directa Modalidad simplificada: 2

Tipo de actividad:

  • Actividades empresariales de carácter mercantil: 1
  • Actividades agrícolas y ganaderas: 2
  • Otras actividades empresariales de carácter no mercantil: 3
  • Actividades profesionales de carácter artístico o deportivo: 4
  • Restantes actividades profesionales: 5
6. Ganancias y pérdidas patrimoniales

184 GyP

  • R: De bienes afectos a actividades económicas: el cálculo se hace conforme al I. de Sociedades.
  • F: No derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales: son las que tributan en la Base General del impuesto (indemnizaciones no derivadas de la transmisión de un bien, premios, etc).
  • G: Derivadas de la transmisión de un elemento patrimonial: son las que tributan en la Base del ahorro (por ejemplo transmisión de fondos de inversión, de acciones, de inmuebles, etc.).
  • H: Entidades cuyos miembros determinen la renta atribuible según el impuesto de Sociedades
7. Deducciones Norma Foral IRPF

 

184 deducciones

  • Casilla 02: Base de la deducción. Se consignará el importe correspondiente al valor del donativo efectuado, calculado de acuerdo con lo previsto en el artículo 91 de la Norma Foral 13/2013 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Casilla 04 : Se refiere a las deducciones previstas en los artículos 88,89 y 90 de la Norma Foral 13/2013.
  • Casilla 05 :Deducción por doble imposición internacional. Cuando entre las rentas de la entidad figuren rendimientos o ganancias patrimoniales obtenidos y gravados en el extranjero se consignará el importe satisfecho por razón de gravamen sobre dichas rentas en los términos previstos en el art. 92 de la Norma Foral 13/2013 del IRPF
  • Casilla 06: Otras deducciones Base de la deducción. Se consignará la base de otras posibles deducciones no recogidas en los apartados anteriores de acuerdo con lo establecido en la normativa del IRPF.

K. Se consignarán los importes de las retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes que le hubieran sido practicadas a la entidad en régimen de atribución de rentas, durante el período objeto de declaración

8. Relación de socios, herederos, comuneros y partícipes

184

 

  • Clave Tipo de partícipe. Se consignará la clave que proceda de las tres siguientes:
    1. 1. Residente
    2. 2. No residente sin establecimiento permanente
    3. 3. No residente con establecimiento permanente.
      Si el miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas sigue siendo miembro de la entidad a 31 de diciembre, marcará una “X” en la casilla correspondiente. En todo caso, se consignará el número de días del año que ha sido miembro de la entidad en la casilla correspondiente.
  • Porcentaje de participación. Se consignará el porcentaje de participación que corresponda al socio/a, heredero/a, comunero/a o partícipe en la entidad. Dicho porcentaje, cuando no sea un número entero, se expresará con cuatro decimales.
  • Naturaleza de la participación. Los rendimientos de actividades económicas, únicamente se atribuirán a los socios/ as, herederos/as, comuneros/as o participes de la entidad que efectivamente intervengan de forma habitual, personal y directa en la ordenación por cuenta propia de los medios de producción y recursos humanos afectos a la actividad. Marcará SI o NO en función de que ejerza o no efectivamente la actividad.
  • Porcentaje de atribución:
    • Cuando se haya consignado una X en la casilla NO del campo “Ejercicio efectivo de la actividad” no se indicará importe alguno en este espacio.
    • Cuando se haya consignado una X en la casilla SI del campo “Ejercicio efectivo de la actividad” se indicará el porcentaje de atribución correspondiente según los siguientes supuestos:
      1. Si todos los miembros de la entidad ejercen efectivamente la actividad el porcentaje de atribución a consignar debe coincidir con el porcentaje de participación anteriormente señalado.
      2. Si alguno de los otros miembros de la entidad no ejerciera efectivamente la actividad el porcentaje de atribución a consignar será el correspondiente al del ejercicio efectivo de la actividad, teniendo en cuenta que el sumatorio de los porcentajes de atribución de todos los miembros que efectivamente ejercen la actividad debe ser el 100 por 100.
  • Ejemplo: un ente en atribución de rentas con tres socios, dos (SOCIOS A Y B) trabajan efectivamente en la actividad y el tercero (SOCIO C) es un socio capitalista.
    1. Los socios A y B pondrán como % de participación 33,33% y como porcentaje de atribución 50%.
    2. El socio C pondrá como porcentaje de participación 33,33% y dejará el campo porcentaje de atribución en blanco.
  • Cód. provincia. Se consignarán los dos dígitos numéricos que correspondan a la provincia o, en su caso, ciudad autónoma, del domicilio del miembro de la entidad, según la siguiente relación:
    1. Cuando se trate de socios/as, comuneros/as o participes que formen parte de una entidad cuyos miembros sean todos ellos sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades o contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente, únicamente se cumplimentará el apartado H y los apartados I/J y K cuando procedan.
    2. Cuando el socio/a, heredero/a, comunero/a o participe haya sido miembro de la entidad durante un período de tiempo inferior a 365 días, los importes consignados en los distintos apartados (A, C ,D, M, F, G, H, I/J, K) se calcularán en proporción al número de días del año natural en que efectivamente haya sido miembro de la entidad, excepto en los supuestos de alta o baja de la entidad.

      184

 

 

 

9. Socios, herederos, comuneros y partícipes. Rentas atribuibles

184

RENDIMIENTOS
Se consignará el importe de la renta atribuible al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas en concepto de rendimientos.

RETENCIONES
Total de claves o subclaves de rendimientos, deducciones, retenciones atribuibles en las que se ha hecho constar un importe Se consignará el número total de claves o, cuando existan subclaves, rendimientos, deducciones y retenciones en las que se haya hecho constar un importe, según las siguientes reglas:

  1. En el caso de las claves correspondientes a rendimientos, rentas contabilizadas y ganancias y pérdidas patrimoniales (claves A, C, D, M (subclaves 01 y 02), F (subclaves 01 y 02) y G (subclaves 01 y 02) se computará el número total de las que incorporan algún importe. A estos efectos, no se tendrán en cuenta las casillas de “Cantidad no integrada”.
  2. En el caso de deducciones, se computarán tantas subclaves como lleven incorporado algún importe.
  3. En el caso de la renta atribuible de entidades (clave H) y de las retenciones o ingresos a cuenta (clave K) se computará el número de dichas claves que lleven incorporado algún importe.

Volver