Ejercicio
Se reflejarán las cuatro cifras del ejercicio al que corresponda la declaración.
Declaración complementaria o sustitutiva
Declaración complementaria. Se marcará una X en esta casilla cuando la presentación tenga por objeto incluir operaciones que, debiendo haber sido incluidas en otra declaración del mismo ejercicio presentada con anterioridad, hubieran sido completamente omitidas en la misma. En este caso sólo se incluirán las operaciones, no reflejadas anteriormente y que motivan este tipo de declaración.
Declaración sustitutiva. Se consignará una X en esta casilla cuando la presentación de la declaración tenga por objeto anular y sustituir completamente a otra declaración en la cual se hubieran incluido datos inexactos o erróneos. Una declaración sustitutiva sólo puede anular una única declaración anterior.
Clave tipo de entidad
Consignará la clave numérica correspondiente al tipo de entidad según la siguiente relación:
Clave actividad principal
Se consignará la clave numérica que corresponda a la actividad principal realizada por la entidad de las cinco siguientes:
Importe Volumen de Operaciones
Conjunto de las actividades económicas desarrolladas por la entidad, el importe total de las contraprestaciones, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido y el Recargo de Equivalencia, en su caso, obtenido en las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en la actividad.
Rendimientos de capital mobiliario previstos en los artículos 34, 35 y 36 (dividendos, intereses de cuentas, obligaciones, bonos, rendimientos operaciones capitalización o contratos de seguros de vida o invalidez). de la Norma Foral 13/2013 del IRPF.
Rendimientos de capital mobiliario previstos en el artículo 37 (alquiler de negocio, subarrendamientos, prestación de asistencia técnica, propiedad intelectual o industrial) de la Norma Foral 13/2013 del IRPF.
Método de determinación de rendimientos:
Tipo de actividad:
K. Se consignarán los importes de las retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes que le hubieran sido practicadas a la entidad en régimen de atribución de rentas, durante el período objeto de declaración
RENDIMIENTOS
Se consignará el importe de la renta atribuible al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas en concepto de rendimientos.
RETENCIONES
Total de claves o subclaves de rendimientos, deducciones, retenciones atribuibles en las que se ha hecho constar un importe Se consignará el número total de claves o, cuando existan subclaves, rendimientos, deducciones y retenciones en las que se haya hecho constar un importe, según las siguientes reglas: