Anotación de embargo (y ampliación)
Sólo está sujeto al ITP-AJD el valor de los bienes embargados que estén en Bizkaia. Si existen bienes fuera de Bizkaia, se debe acudir a la Hacienda donde radiquen esos bienes a presentar el impuesto.
La Base Imponible es el valor del derecho o interés que se garantice, con el límite del valor del bien.
NF 1/2011 de ITP-AJD. Art. 54. Base Imponible.
(Mandamiento) Cancelación de embargo
No está sujeto pero sí se presenta porque se pide en el Registro de la Propiedad.
Anotación de demanda
Está sujeto al 0,5% sobre el valor de lo que se demanda.
Mandamiento de adjudicación (Códigos T01 ó T27 si es vivienda)
DF 63/2011 (Reglamento del ITP). Art. 4. Transmisiones en subasta pública.
En las transmisiones realizadas mediante subasta pública, notarial, judicial o administrativa, servirá de base el precio de remate más las cargas que asuma el adjudicatario.