Gastos y facturas recibidas

Los obligados tributarios deberán registrar, dentro del capítulo de gastos y facturas recibidas del libro de operaciones económicas, los gastos y las demás operaciones por las que deban recibir facturas, documentos de aduanas u otros justificantes en el desarrollo de su actividad económica.

Artículo 39. Quarter. 1 Decreto Foral 205/08 (389 KB)

Ayuda al capítulo de gastos y facturas recibidas (497 KB)