¿Quién se lo puede deducir?
  • Varios arrendatarios.¿Quién se lo puede deducir?
  • Inquilino que comparte el gasto
  • Nulidad separación o divorcio.Pago del alquiler de la vivienda a su ex-cónyuge y el de su propia vivienda
  • Nulidad separación o divorcio.Sigue residiendo en su vivienda y paga el 100%