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IRPF (Renta)
- Una persona escritura la compraventa de un terreno, y en el mismo acto, la declaración de obra nueva de un inmueble que será su vivienda habitual. El valor escriturado del terreno es 36.000€, y 85.000€ el de la construcción. El precio real pagado, incluido terreno y construcción, es de 200.000 €.
¿Puede deducirse el importe real pagado si se justifica la inversión mediante facturas?
- Si hago una provisión de fondos al notario para el pago de una escritura de compra de vivienda habitual en el año actual y la factura definitiva es en el siguiente ¿me puedo deducir en este año por esa provisión de fondos?
- Una persona adquirió su vivienda habitual mediante contrato privado de 31-12-2016, abonando el total de la compra. En el año actual eleva a escritura pública el contrato privado de compra, y paga por ello el Impuesto sobre Transmisiones, además de otros gastos (notario, registro…). ¿Son deducibles los pagos satisfechos?
- ¿En qué fecha debe entenderse realizada la adquisición de la vivienda habitual?
- Durante 4 ejercicios consecutivos, una persona efectúa aportaciones a una cooperativa de viviendas para la compra de una vivienda en construcción, por las que ha practicado las oportunas deducciones en sus autoliquidaciones del IRPF. Como la entrega del inmueble se demoraba mucho, resuelve el contrato suscrito con la cooperativa, y recupera la totalidad de los pagos efectuados a la misma.
Desea adquirir otra vivienda, utilizando para ello las cantidades que le fueron devueltas como consecuencia de la resolución del contrato firmado con la cooperativa.
¿Tiene que devolver las cantidades deducidas?
- Una persona adquiere un piso en herencia que va a convertir en su vivienda habitual. ¿Puede practicar deducciones por inversión en vivienda habitual?
- Una persona es propietaria de una vivienda gravada con un préstamo hipotecario. Quiere donar la citada vivienda a su madre que, a su vez, se subrogará en el préstamo. A partir de la subrogación en el préstamo hipotecario por parte de la donataria, ¿son deducibles los pagos realizados por intereses y amortización? ¿y los gastos de donación y subrogación del préstamo?
- Una persona en trámites de divorcio disolvió y liquidó la sociedad de gananciales. El patrimonio ganancial era de un valor conjunto de 733.615,58 €, correspondiendo 366.807,79 € a cada uno de los cónyuges. Le adjudicaron bienes por un valor de 492.599,38 €, por lo que debió abonar a su ex cónyuge 125.791,59 € (en compensación por el exceso de adjudicación recibido). Entre los bienes atribuidos que se le atribuyen se encuentra la vivienda familiar, cuyo valor ascendía a 450.810 €, ha solicitado un préstamo de 50.000 € para hacer frente al pago compensatorio que debe efectuar en favor del otro cónyuge.
¿Puede deducirse las cuotas correspondientes al préstamo hipotecario de 50.000 €?
- Una persona era copropietaria, a partes iguales junto con su hermana, de su vivienda habitual. Le compra a su hermana su parte, y lo formaliza en documento privado. Posteriormente lo eleva a documento público, como extinción del condominio. ¿puede deducirse la adquisición, a través de la extinción del condominio, del otro 50% de la vivienda?
- Si se compra una vivienda habitual que posteriormente es demolida por un procedimiento urbanístico y a cambio se recibe un inmueble de nueva construcción en la misma zona:
- ¿perdería dicha vivienda su condición de habitual si ello ocurre antes de transcurridos tres años?
- ¿podrían seguir practicando la deducción por adquisición de vivienda habitual en el caso de mantener el préstamo solicitado para la primera vivienda y que pasaría a financiar la compra de la que se adquiere en permuta?