Búsqueda por Etiquetas
Todas las etiquetas
Resultado de la Búsqueda (3105 registros)
IRPF (Renta)
- Por sentencia judicial se establece que, en lugar de pagar pensión compensatoria y anualidades por alimentos, se satisfagan las cuotas del crédito hipotecario de la vivienda en la que residía el matrimonio y en que, a partir de la separación, residirá únicamente la excónyuge con los hijos comunes. ¿Cuál es el tratamiento fiscal?
- Una persona divorciada estuvo casada en régimen de gananciales. Tiene un préstamo hipotecario que grava la vivienda de la que siguen siendo titulares ambos y que figura a nombre de los dos miembros del matrimonio, aunque actualmente es ella quien hace frente al 100 por 100 de las cuotas correspondientes al mismo. Además, es a ella a quien se ha atribuido el uso del domicilio conyugal. Ni en el auto de medidas provisionales, ni en la sentencia de divorcio existe previsión alguna sobre el pago del citado préstamo.
Desea saber si puede practicar deducción por inversión en vivienda habitual sobre el importe total del préstamo al que hace frente de forma exclusiva.
- Consulta 16-02-2011. Una contribuyente se encuentra divorciada desde el pasado de 10 de febrero de 2010 de su ex-marido, con el que estuvo casada en régimen de gananciales. El préstamo hipotecario que grava la vivienda de la que ambos siguen siendo titulares figura a nombre de los dos miembros del matrimonio, aunque actualmente es ella quien hace frente al 100 por 100 de las cuotas correspondientes al mismo. Además, es a ella a quien se ha atribuido el uso del domicilio conyugal. Ni en el auto de medidas provisionales, ni en la sentencia de divorcio existe previsión alguna sobre el pago del citado préstamo.
Desea saber si puede practicar deducción por inversión en vivienda habitual sobre el importe total del préstamo al que hace frente de forma exclusiva.
- Una persona en trámites de divorcio disolvió y liquidó la sociedad de gananciales. El patrimonio ganancial era de un valor conjunto de 733.615,58 €, correspondiendo 366.807,79 € a cada uno de los cónyuges. Le adjudicaron bienes por un valor de 492.599,38 €, por lo que debió abonar a su ex cónyuge 125.791,59 € (en compensación por el exceso de adjudicación recibido). Entre los bienes atribuidos que se le atribuyen se encuentra la vivienda familiar, cuyo valor ascendía a 450.810 €, ha solicitado un préstamo de 50.000 € para hacer frente al pago compensatorio que debe efectuar en favor del otro cónyuge.
¿Puede deducirse las cuotas correspondientes al préstamo hipotecario de 50.000 €?
- Medidas extraordinarias: ampliación de plazos relacionado con la vivienda
- Deducción extraordinaria por obras de renovación en la vivienda habitual (Plan Renove Etxea).
- Opciones que deben ejercitarse con la presentación de la declaración/autoliquidación
- Un contribuyente va a presentar su declaración de IRPF 2.019. En dicho periodo ha obtenido una base imponible de 14.800€ ¿Qué minoración de la cuota le corresponde?
- Un contribuyente casado de 60 años, fallece en agosto. ¿Qué deducción general y o minoración de la cuota le corresponde?
- ¿Se deben prorratear las deducciones en determinadas circunstancias?