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IRPF (Renta)
- Una persona adquiere un piso en herencia que va a convertir en su vivienda habitual. ¿Puede practicar deducciones por inversión en vivienda habitual?
- ¿Son deducibles los gastos originados por el préstamo para la adquisición de la vivienda?
- ¿Son deducibles como adquisición de vivienda las cantidades abonadas anualmente como primas de seguros que habitualmente exigen los bancos cuando conceden hipotecas?
- La vivienda habitual fue adquirida mediante un préstamo hipotecario, ¿se considera deducible la comisión por amortizar anticipadamente este préstamo?
- ¿En qué casos no se considera concepto de adquisición de vivienda a efectos de deducción?
- ¿Es deducible la indemnización satisfecha por el propietario al inquilino para que éste último renuncie a su derecho de prorroga forzosa del contrato de arrendamiento? ¿Y los gastos de abogados y procuradores ocasionados por el juicio del desahucio?
- Durante 4 ejercicios consecutivos, una persona efectúa aportaciones a una cooperativa de viviendas para la compra de una vivienda en construcción, por las que ha practicado las oportunas deducciones en sus autoliquidaciones del IRPF. Como la entrega del inmueble se demoraba mucho, resuelve el contrato suscrito con la cooperativa, y recupera la totalidad de los pagos efectuados a la misma.
Desea adquirir otra vivienda, utilizando para ello las cantidades que le fueron devueltas como consecuencia de la resolución del contrato firmado con la cooperativa.
¿Tiene que devolver las cantidades deducidas?
- He adquirido un inmueble que va a ser mi vivienda habitual, pero con una cláusula suspensiva. ¿Puedo deducirme las cantidades que pagué por esta compra?
- Una persona con una discapacidad del 34% es arrendataria de una vivienda en la que ha satisfecho 3.200 € para instalar un ascensor en la escalera. ¿Puede deducirse por este concepto?
- Un matrimonio firmó un contrato de compraventa de una vivienda en construcción. Durante varios años realizaron diversas entregas al promotor, habiendo practicado las oportunas deducciones por inversión en vivienda habitual. Posteriormente se divorcian y deciden resolver el contrato de compraventa, motivo por el cual pierden los 42.000 € entregados a la empresa promotora, a cuenta de la compra de la vivienda.