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Declaraciones Informativas
- El titular de acciones o participaciones de Instituciones de Inversión Colectiva extranjeras que fueron adquiridas mediante comercializadoras de dichas instituciones en España o a través de representantes en España de las entidades gestoras que operan en régimen de libre prestación de servicios, ¿tiene obligación de informar sobre los mismos en el modelo 720?
- Una persona física residente en Bizkaia, titular de valores representativos de la participación en fondos propios de entidades negociados en mercados organizados, que, inicialmente, estaban depositados en una sociedad extranjera ¿Tiene que declararlos en el Modelo 720, si antes del 31 de diciembre traspasa parte de la cartera a una entidad financiera residente en España, en la que quedan depositados, sin perder la titularidad sobre ellos?
- El titular de las acciones de una sociedad depositadas en el extranjero que las vende antes del 31 de diciembre de 2013, con objeto reinvertir el importe obtenido en la compra de otros títulos igualmente depositados en el exterior ¿Tiene obligación de declarar los valores transmitidos en el Modelo 720?
- ¿Deben declararse en el Modelo 720 las acciones y participaciones representativas de la participación en fondos propios de entidades extranjeras que no estén depositadas en ninguna entidad financiera (ni española ni extranjera)?
- ¿Existe obligación de declarar las opciones sobre acciones ("stock options") en el modelo 720, de declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero?
- A efectos de la obligación de informar sobre valores depositados en el extranjero ¿Cómo deben valorarse las acciones y participaciones representativas de la participación en fondos propios de entidades no negociados en mercados organizados?
- Los miembros de una familia, residentes en Bizkaia, titulares a 31 de diciembre de un inmueble situado en el extranjero cuyo valor de adquisición fue superior a 50.000 euros, ¿deben cada uno de ellos presentar el modelo 720, aunque el valor atribuible a cada uno en función de su porcentaje de participación en él no supere 50.000 euros?
- Una persona física contribuyente por IRPF obtuvo un premio de la Lotería Nacional que invirtió ese mismo año en adquirir un inmueble en el extranjero. El premio quedó exento del IRPF con arreglo a lo entonces previsto en la normativa de ese impuesto, ¿debe presentar el Modelo 720 informando sobre dicho inmueble?
- ¿Qué importe debe declararse cuando un bien ha sido adquirido por varias personas en diferentes momentos y por distintos importes, habida cuenta que hay que consignar el importe sin prorratear y atribuir su porcentaje de participación a cada uno de los titulares del bien?
- Inmuebles en el extranjero ¿que valor se tiene que indicar en el modelo 720?