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Declaraciones Informativas
- ¿Deben declararse en el Modelo 720 las acciones y participaciones representativas de la participación en fondos propios de entidades extranjeras que no estén depositadas en ninguna entidad financiera (ni española ni extranjera)?
- ¿Existe obligación de declarar las opciones sobre acciones ("stock options") en el modelo 720, de declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero?
- A efectos de la obligación de informar sobre valores depositados en el extranjero ¿Cómo deben valorarse las acciones y participaciones representativas de la participación en fondos propios de entidades no negociados en mercados organizados?
- Los miembros de una familia, residentes en Bizkaia, titulares a 31 de diciembre de un inmueble situado en el extranjero cuyo valor de adquisición fue superior a 50.000 euros, ¿deben cada uno de ellos presentar el modelo 720, aunque el valor atribuible a cada uno en función de su porcentaje de participación en él no supere 50.000 euros?
- Una persona física contribuyente por IRPF obtuvo un premio de la Lotería Nacional que invirtió ese mismo año en adquirir un inmueble en el extranjero. El premio quedó exento del IRPF con arreglo a lo entonces previsto en la normativa de ese impuesto, ¿debe presentar el Modelo 720 informando sobre dicho inmueble?
- ¿Qué importe debe declararse cuando un bien ha sido adquirido por varias personas en diferentes momentos y por distintos importes, habida cuenta que hay que consignar el importe sin prorratear y atribuir su porcentaje de participación a cada uno de los titulares del bien?
- Inmuebles en el extranjero ¿que valor se tiene que indicar en el modelo 720?
- ¿Debe informarse en el Modelo 720 sobre las cantidades entregadas a cuenta de la futura adquisición de un inmueble situado en el extranjero, con anterioridad a la firma de la escritura pública, o en su caso, de la adquisición de la propiedad o derecho real?
- En el Modelo 720, de declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero ¿Qué fecha y valor de adquisición se debe asignar a los inmuebles con relación a los cuales primero se adquirió la nuda propiedad y, posteriormente, se consolidó el dominio?
- Una persona física residente en Bizkaia es titular a 31 de diciembre de 2013 de un bien inmueble situado en Francia con un valor de adquisición de 178.000 euros. En 2014, lo declara en el Modelo 720 y, posteriormente, lo vende por 250.000 euros, que reinvierte en la compra de otro inmueble en Andorra ¿Qué información debe consignar en su declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero de 2015?