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IRPF (Renta)
He realizado unos trabajos como profesional para una empresa durante el ejercicio 2.013, y se me ha realizado el pago por dichos servicios en el ejercicio 2.014. ¿En que periodo impositivo debo imputarme estos rendimientos?
Realizo una actividad económica y deseo imputar los ingresos y gastos en el momento de realizarse los cobros y pagos correspondientes. ¿Qué requisitos debo cumplir y que trámites debo realizar?
En el ejercicio de mi actividad económica he realizado una venta que me será abonada a plazos durante los próximos cinco años. ¿Cómo debo imputarme dichos ingresos en mi autoliquidación?
Un contribuyente ha importado diverso material informático desde Corea. El pago se va a realizar en dólares y en tres plazos iguales, el primero en el momento en que se le entrega la mercancía, el segundo en el plazo de tres meses y el tercero a los seis meses de la entrega. ¿Puede imputar la pérdida que le supone la variación en el tipo de cambio euro/dólar a fecha de devengo del impuesto, aunque no se hayan realizado a dicha fecha los dos últimos pagos?
¿En qué ejercicio debe imputarse la regularización de la cuota del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)?
¿En qué ejercicio debe imputarse la devolución de ayudas por cese de actividad?
¿Qué métodos de determinación existen para calcular el rendimiento neto de mi actividad?
¿Cuándo es susceptible de aplicación uno u otro método de Estimación?
¿Cuáles son las modalidades de determinación del rendimiento neto de las actividades económicas?
Estimación Directa
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