Buscador de FAQs
Texto a buscar:
Categoría:
Todas
Batuz y Ticket Bai
Boletín de GURE GIDA
Catastro e Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Censos-IAE
Comunidades de bienes y otras en atribución rentas
Declaraciones Informativas
Deudas y recaudación
Entidades sin ánimo de lucro
Facturación
Generales
Grandes Fortunas
IRPF (Renta)
IVA
Libro-registro de operaciones económicas
No residentes
Novedades Tributarias
Patrimonio
Retenciones y otros pagos a cuenta
Sociedades
Sucesiones y Donaciones
Suministro Inmediato de Información
Tasas
Trámites en HFB
Transmisiones Patrimoniales y AJD
Vehículos
WEB Renta
Buscar por nº de identificación:
Búsqueda por Etiquetas
Todas las etiquetas
Vivienda
Deducciones
Trabajo
IRPF
Sociedades
Transmisiones
Bien inmueble
Actividades económicas
Extranjero
720
Bizkaibai
Herencia
650
Actividad
Heredero
Transmisiones Patrimoniales
Catastro
Retenciones
Plazo
Arrendamiento
IBI
Censos
Acciones
Pago
Vehículos
Actos Jurídicos Documentados
347
Recibo
Aplazamiento
Deuda
Certificado
Presentación
Rehabilitación
Obligación
Obligados a presentar
IVA
Donación
Internet
EPSV
Pagos fraccionados
Actividad profesional
Documentación
130
Matriculación
Seguros
Cuenta Vivienda
Declaración
Exención
Alquiler
Comprobación valores
Resultado de la Búsqueda (3088 registros)
IRPF (Renta)
¿Tienen algún beneficio fiscal los rendimientos de trabajo realizados en el extranjero?
Exención por trabajos en el extranjero. Requisitos y ejemplo.
¿Es compatible la exención por trabajos en el extranjero con la deducción por doble imposición internacional?
Un trabajador que gana en Bizkaia 100.000 € anuales le desplazan al extranjero a un trabajo de montaje. Está 100 días efectivamente en el extranjero y 5 días de viaje (entre la ida y la vuelta). En el total del año le pagan 130.000 € y además por los gastos de desplazamiento y manutención le pagan los billetes de avión y 90 € por día de estancia en el extranjero.Calcular la cantidad a declarar.
Un trabajador es desplazado al extranjero desde el 27 de junio del año en curso hasta el 31 de diciembre del año siguiente.El consultante estuvo en nómina de la empresa española y por el trabajo realizado en el extranjero durante el año siguiente, percibió una remuneración total de 60.100,00€. En España, su salario hubiera sido de 36.000,00€. Además pagó en el extranjero un impuesto personal por importe de 5.000,00 € (correspondiente a los 60.100 €)
¿La exención por trabajos en el extranjero exige el desplazamiento al extranjero?
Para la aplicación de la exención por rendimientos percibidos por trabajos realizados en el extranjero, ¿la empresa para la que se trabaja debe ser española o puede ser extranjera?
¿Los días de desplazamiento se tienen en cuenta a efectos de la exención del art. 9.17?
¿Si la estancia en el extranjero es inferior al año se tiene que prorratear el límite de 60.100 €?
¿Las dietas por manutención y estancia en el extranjero son compatibles con la exención del art. 9.17 de la NFIRPF? ¿hasta que importe están exentas?
«
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
»