Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900011615
La normativa ha cambiado. Con la Norma Foral 2/2025 se ha modificado el artículo 80, que regula la deducción por el abono de anualidades por alimentos a favor de las personas descendientes.
¿Cuándo puede aplicarse actualmente la deducción?
Tienen derecho a aplicar esta deducción las personas contribuyentes que, en virtud de una decisión judicial:
Cuando el abono no sea exclusivo o no esté respaldado por una decisión judicial, no podrá aplicarse la deducción.
Ninguna de las personas progenitoras.
En los supuestos de guarda y custodia compartida, ambas personas progenitoras participan por igual en los gastos de las hijas y los hijos. Por este motivo, ninguna de ellas tiene derecho a aplicar esta deducción.
A continuación, incluimos los enlaces donde podrás revisar los requisitos y la documentación necesaria del trámite que te interesa.
ABONO DE ALIMENTOS A LOS HIJOS
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.