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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900011169

Tengo un establecimiento donde vendo cigarrillos electrónicos, ¿Qué obligaciones fiscales tengo en 2025?



En base a la OF 179/2025 de 12 de mayo tienes que realizar los siguientes trámites:

  1. Antes del 30 de junio tienes que hacer un inventario de tus existencias a 1 de abril en el formulario que encontrarás en la sede electronica de la Diputación Foral de Bizkaia. Acceso al formulario

    Existencias a declarar: líquidos para cigarrillos electrónicos, bolsas de nicotina y otros productos de nicotina que no tengan la consideración de medicamentos.

  2. Entre el 1 y el 25 de julio de 2025 deberás presentar una autoliquidación por medio del modelo 573 liquidando el nuevo impuesto especial en relación a las existencias declaradas en el modelo informativo.

    A partir de esta fecha, los productos que compres llevarán incluido el impuesto y por tanto, no tendrás que volver a a hacer una autoliquidación por este concepto.

 
 

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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