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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900010653

¿La inversión en edición de libros sigue dando derecho a deducción en los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2023?



Sí, las inversiones en la edición de libros que permitan la confección de un soporte físico, previo a su producción industrial seriada, darán derecho a una deducción del 5% de la cuota líquida.

La regulación de esta nueva deducción se recoge en el artículo 66quater.Tres de la Norma Foral del Impuesto sobre Sociedades.

De conformidad con lo señalado en el artículo 67 de la referida Norma Foral, esta deducción tendrá un límite de aplicación del 50% de la cuota líquida resultante tras la aplicación de las deducciones con límites del 35 y del 70% y no le son de aplicación las reglas de la tributación mínima recogidas en el artículo 59 de la misma norma.


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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