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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900010134

Otras bonificaciones de hasta el 90% de la cuota íntegra de IBI en vivienda habitual



Nuevas bonificaciones a partir de 2023 (art.10.10 de la NF 4/2016) siempre que el ayto lo recoja en su ordenanza:

  • Vivienda habitual de familias numerosas con VMA no superior a 300.000euros (entra en vigor en 2023 para los aytos que lo incluyan en sus ordenanzas)
  • Vivienda habitual de personas vulnerables por ser perceptores de pensiones no contributivas, de renta de garantía de ingresos o de ingreso mínimo vital, con especial atención a situaciones de monoparentalidad y monomarentalidad (entra en vigor en 2023 para los aytos que lo incluyan en sus ordenanzas).

La regulación de los restantes aspectos sustantivos y formales de la bonificación a que se refieren los apartados anteriores, se establecerán en la ordenanza fiscal.


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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