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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900009922

Inscripción en el registro de extractores de depósitos fiscales



  • ¿Cómo se solicita el registro de extractores de depósitos fiscales? ;

    El alta se solicita mediante el formulario (Registro de extractores de depósitos fiscales) situado en la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia

  • ¿Quiénes deben inscribirse en el registro de extractores de depósitos fiscales?

    Deben inscribirse los extractores, que son las personas o entidades que:

    1. Realizan una extracción según la definición que da la Norma Foral del IVA: abandono del régimen de depósito distinto del aduanero (devengo de una operación asimilada a la importación de viene de IVA).
    2. Realizan salidas en régimen suspensivo con destino a otro depósito fiscal.

    La obligación de estar registrados recae tanto sobre los operadores al por mayor de productos petrolíferos, como sobre aquellas personas o entidades autorizadas por los operadores al por mayor de productos petrolíferos a realizar la extracción, así como, en su caso, sobre los autorizados por estos últimos.

  • ¿Desde cuándo será efectiva la inclusión o exclusión del registro de extractores de depósitos fiscales?

    La inclusión o exclusión de cualquier persona o entidad será efectiva desde el día siguiente al de la adopción por el órgano competente del correspondiente acuerdo motivado de inclusión o exclusión.


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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