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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900009540

Exención IRPF - Fondo de compensación para las víctimas de amianto. Indemnización.



Las indemnizaciones percibidas del "Fondo de compensación para las víctimas de amianto" se encuentra exentas de IRPF.

Por regla general las indemnizaciones por responsabilidad civil se encuentran exentas en la cuantía legalmente reconocida.

Según la Instrucción 3/2021 de IRPF (en lo referente a las indemnizaciones por responsabilidad civil), por cuantía legalmente reconocida también se entiende cuando esta indemnización se encuentra fijada en una norma, y dado que las cuantías de la compensación se determinaran reglamentariamente (artículo 3 de la Ley 21/2022) estas estarán exentas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.6 de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del IRPF.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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