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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900009432

¿Las deudas en la SEDE Electrónica de la Diputación Foral, tanto en voluntaria como en ejecutiva, se gestionan igual?



No. Dependiendo del tipo de documento, su estado (voluntaria, ejecutiva) y su situación (suspendida, aplazada..) se ofrecen unos medios de pago u otros.

Por ejemplo:

  • Carta de pago y pasarela de pago de la Administración Vasca (pago banca online, Bizum, Wallet, tarjeta de crédito) para deudas contraídas y reconocimientos de deuda, independientemente de su estado y situación.
  • Solicitud de aplazamiento: tanto en periodo voluntario como en ejecutivo, previa solicitud del obligado. Se pueden aplazar todas las deudas, salvo efectos timbrados y las tasas de juego, así como las liquidaciones, autoliquidaciones y recibos. Los reconocimientos de deuda no se pueden aplazar.
  • Fraccionamiento: solamente para deudas generadas en IRPF y se soliciten en periodo voluntario.
  • Transferencia: según la Orden Foral 348/2022, de 16 de febrero, las deudas recaudadas por la Hacienda Foral de Bizkaia, podrán abonarse por transferencia, y solo podrá utilizarse por:
    • Las personas obligadas al pago que no dispongan de cuenta de su titularidad en ninguna entidad colaboradora y sean personas o entidades no residentes.
    • Las entidades públicas.
    • Las personas obligadas al pago que dispongan de la previa autorización del Servicio de Tesorería.
  • Recibos: se permite las formas de pago relacionadas con la pasarela de pagos de la Administración Vasca, carta de pago y solicitud de aplazamiento, pero no se puede solicitar la domiciliación desde el módulo de gestión del pago, se debe hacer desde el apartado de recibos de la Sede “consulta de recibos y domiciliaciones IBI/IAE”.

Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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