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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900009320

Prestaciones, por maternidad/paternidad, cuidado del menor y lactancia



Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 01/01/2022

Están exentas las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor y por corresponsabilidad en el cuidado del lactante percibidas de los regímenes públicos de la Seguridad Social e idénticas prestaciones percibidas de los regímenes públicos correspondientes por las personas funcionarias.

Asimismo, estarán exentas (con el límite de la prestación máxima de la seguridad social por el mismo concepto) las retribuciones percibidas por las personas funcionarias del órgano o entidad donde presten sus servicios, correspondientes al permiso por lactancia.

Art. 9.12 NF 13/2013


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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