Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900009192
No. La tasa se devengará cuando se realice la prestación del servicio (art.3 del Decreto Foral 128/90, de 27 de noviembre), por lo que si no se ha realizado ninguna actuación, no se devengará la tasa.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.