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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900009143

Renta 2023 con resultado a ingresar: 1. ¿Cuál es la fecha límite para presentar la declaración en plazo voluntario? 2. ¿Hacienda siempre tiene que hacer una liquidación provisional de mi renta? 3. ¿Hasta que fecha puedo realizar el pago, cambiar la cuenta de domiciliación o solicitar un aplazamiento? 4. ¿Y si presento después del 28 de junio?



  1. La presentación se deberá efectuar en el plazo comprendido entre el 10 de abril y el 28 de junio de 2024
  2. La Administración tributaria practicará liquidación provisional con idénticos datos y resultado al de la declaración presentada (dicha liquidación provisional podrá ser revisada con posterioridad).
  3. La deuda deberá ser ingresada, o deberá solicitarse su aplazamiento o fraccionamiento, antes de que concluya el plazo de los 3 días hábiles siguientes al de la finalización del mencionado período voluntario de presentación de la declaración, es decir, hasta el 3 de julio de 2024, inclusive

    Puede cambiar la cuenta de domiciliación, en la sede electrónica, hasta el día 3 de julio incluido.

  4. Si presenta la renta a partir del 28 de junio de 2024 se entenderá presentada fuera de plazo y dará lugar a los recargos y, en su caso, intereses o sanciones correspondientes.
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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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