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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900008940

¿Cuándo y cómo se paga el recibo del IAE en los municipios en los que la Diputación Foral de Bizkaia gestiona el IAE?



La fecha de pago del impuesto en aquellos municipios cuyo IAE es gestionado por la Diputación, es del 10 de Septiembre al 10 de Octubre, o inmediato hábil posterior si el último día de plazo es inhábil.

  • En el caso de recibos domiciliados en una entidad bancaria, el cargo se hace el último día del período voluntario, es decir, el 10 de Octubre, o inmediato hábil posterior.
  • Para los recibos no domiciliados es necesario acudir, dentro del plazo establecido, a cualquier entidad bancaria colaboradora con la carta de pago correspondiente para hacer el abono.

El impago de la deuda en el plazo establecido supondrá el inicio del periodo ejecutivo de pago por la deuda pendiente, el devengo del recargo ejecutivo del 5% y del interés de demora y el inicio del procedimiento recaudatorio de apremio contra el patrimonio de la persona deudora.

El pago de la deuda podrá aplazarse en las condiciones establecidas en la normativa tributaria, previa solicitud del interesado. La solicitud de aplazamiento presentada en periodo voluntario suspenderá el inicio del periodo ejecutivo.

Si usted tiene el recibo domiciliado y desea cambiar de cuenta, o no teniéndolo domiciliado desea hacerlo, tenga en cuenta lo siguiente:

  • Se exceptúa este servicio para los recibos que son gestionados directamente por el correspondiente Ayuntamiento (estos municipios son: BARAKALDO, BASAURI, BILBAO, DURANGO, PORTUGALETE, SANTURTZI y ZIERBENA)
  • Existe una FECHA LÍMITE (22 de septiembre) a partir de la cual no se podrán domiciliar recibos para el ejercicio en curso. En caso de que la domiciliación se solicite o tramite más tarde de la fecha indicada, la misma surtirá efecto en el ejercicio siguiente.

Teniendo en cuenta lo anterior, PUEDE DOMICILIAR:

  1. A través de la sede electrónica mediante el procedimiento "Consulta de recibos y domiciliaciones IBI/IAE": solo lo podrá hacer el titular del recibo y en una cuenta suya.

    Documento de apoyo para la domiciliación en la SEDE: proceso paso a paso.

  2. Mediante una solicitud tributaria, presentándola en los registros habilitados o registrándola telemáticamente a través del modelo L 20.

    link de acceso al L20:

Más información


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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