www.bizkaia.eus/guregida

Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900008860

Doble imposición internacional. Trabajos en el extranjero y cálculo Base Liquidable General: caso práctico.



Iker trabajó en el extranjero durante cinco meses del año y obtuvo unos rendimientos brutos de trabajo de 47.307,42€. Los gastos de seguridad social extranjera alcanzaron la cifra de 4.898,77€ y tuvo que pagar un impuesto análogo al IRPF por importe de 14.250€. Así mismo, durante ese año también trabajo en Bizkaia obteniendo unos rendimientos brutos de 15.000€ con unos gastos de seguridad social de 620€.
Cálculo de la Base Liquidable General generada en el extranjero para reflejarla en la declaración y aplicar la DDII.
Dado que en el caso particular de Iker los ingresos obtenidos en el extranjero no están exentos en Bizkaia, podrá deducir en aplicación de la deducción por doble imposición internacional la menor de estas dos cantidades:
  • El impuesto pagado en el extranjero.
  • El importe resultante de aplicar a la renta obtenida en el extranjero el tipo medio de gravamen general.
Para calcular la base liquidable general generada en el extranjero tendremos que restar a los rendimientos obtenidos las reducciones que les sean imputables. Y si existen reducciones aplicables sobre toda la base general-por ejemplo, la bonificación de trabajo en este caso- las descontaremos de forma proporcional.
Una vez reflejados en el borrador de la declaración la “base liquidable general” y el “impuesto extranjero”, será el propio programa RENTAWEB quien calcule la deducción.

Conceptos

Base General (Trabajo…)

Sueldos y salarios extranjero

47.307,42

Sueldos y salarios Bizkaia

15.000,00

Seguridad Social extranjero

4.898,77

Seguridad Social Bizkaia

620,00

Bonificación Trabajo

3.000,00

Rendimientos Netos Totales (sin bonificación)

47.307,42+15.000-4898,77-620=56.788,65

56.788,65

Sueldos y salarios extranjero

47.307,42

Seguridad Social extranjero

4.898,77

Rendimientos Netos extranjero

47.307,42-4898,7= 42.408,65

42.408,65

Bonificación proporcional extranjero (1)

2.240,34

Base Liquidable general extranjero

42.408,65-2.240,34=40.168,31

40.168,31

Impuestos satisfechos extranjero

14.250,00


(1)Bonificación proporcional extranjero (Regla de tres) = Si a 56.788,65 (Rendimientos Netos Totales) le corresponde una bonificación de 3.000 a 42.408,65 le corresponderán “x”. Por tanto, “X” = (42.408,65 * 3.000) / 56.788,65 = 2.240,34

En este ejemplo, el importe que debemos introducir en la casilla “Base liquidable general” es 40.168,31 € y en la casilla “Impuesto extranjero”, 14.250 €.

Es importante tener en cuenta que no se debe incluir el importe del impuesto pagado en el extranjero en ningún otro apartado o casilla de la declaración.


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

Volver

 

enviar por e-mail