Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900008265
La Resolución de 25 de marzo de 2020 del Director de Política Financiera del Gobierno Vasco ha autorizado que los socios y socias de las EPSV afectados por un ERTE o por un ERE por fuerza mayor como consecuencia de la crisis sanitaria puedan anticipar el cobro de prestaciones por desempleo en aquellas EPSV con planes de aportación definida que tengan reconocida la prestación por desempleo, aun cuando la situación de ERTE o ERE no esté reconocida en sus Estatutos o Reglamentos.
Estas percepciones en forma de renta se integrarán durante los ejercicios 2020 y 2021 al 75%, a efectos de calcular el rendimiento integro de trabajo, quedando exento de tributación el 25% restante.
Cobro EPSV debida a un ERTE o un ERE por fuerza mayor como consecuencia de la crisis sanitaria
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.