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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900008140
¿Qué efectos tiene la presentación de una solicitud de aplazamientos?
- Cuando la solicitud de aplazamiento se presente en periodo voluntario, si al término de dicho periodo no se hubiere resuelto la solicitud, se suspenderá el inicio del periodo ejecutivo, sin perjuicio de la adopción de las medidas cautelares que se estimen pertinentes.
- Cuando se presente en periodo ejecutivo no se suspenderá el procedimiento recaudatorio. En caso de presentarse ésta con anterioridad a la finalización del plazo establecido en el art. 60.3 de la N.F.G.T.del THB no se iniciará la ejecución contra el patrimonio de la persona deudora y el recargo exigible será el ejecutivo.
Si durante la tramitación el solicitante realizara el ingreso de la deuda se entenderá que renuncia a la petición formulada exigiéndose los intereses de demora que procedan.
Recuerde que no es posible anular una presentación con Aplazamiento telemático como Forma de Pago.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.
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