Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900008062
Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 01/01/2020
Obtuvo 10.500 euros por una pensión compensatoria de su ex cónyuge y sus hijos cobran una pensión por alimentos de 7.000€.
En el presente ejemplo, no existe obligación de declarar, ya que la pensión alimenticia esta exenta y la compensatoria es inferior a 14.000€.
Respuesta válida aplicando la normativa vigente hasta: 31/12/2019
Obtuvo 10.500 euros por una pensión compensatoria de su ex cónyuge y sus hijos cobran una pensión por alimentos de 7.000€.
En el presente ejemplo, no existe obligación de presentar autoliquidación, ya que la pensión alimenticia esta exenta y la compensatoria es inferior a 12.000€.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.