Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900007971
Las facturas expedidas antes del 1 de enero de 2018 deberán registrarse en el SII siempre que tengan incidencia fiscal con posterioridad a dicha fecha.
Por ejemplo, se pueden citar los siguientes casos:
Esto es igualmente aplicable a los sujetos pasivos incluidos en el SII en un momento diferente al 1 de enero de 2018, respeto a las facturas expedidas o recibidas con anterioridad a su fecha de inclusión.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.