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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900007971

¿Existen casos en que deben registrarse facturas expedidas antes del 1 de enero de 2018?



Las facturas expedidas antes del 1 de enero de 2018 deberán registrarse en el SII siempre que tengan incidencia fiscal con posterioridad a dicha fecha.

Por ejemplo, se pueden citar los siguientes casos:

  • Facturas del régimen especial del criterio de caja cuyo pago / cobro se efectúa a partir del 1 de enero.
  • Facturas cuyo registro deba rectificarse (A4) a partir del 1 de enero como consecuencia de la devolución del IVA en régimen de viajeros.

Esto es igualmente aplicable a los sujetos pasivos incluidos en el SII en un momento diferente al 1 de enero de 2018, respeto a las facturas expedidas o recibidas con anterioridad a su fecha de inclusión.


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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