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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900007631

¿Existe obligación de practicar retenciones sobre las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de derechos de suscripción sobre acciones o participaciones?



Desde el 1 de enero de 2017 sí existe obligación de retener sobre las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de derechos de suscripción sobre acciones o participaciones.

Se deberán de ingresar dichas retenciones en la Diputación Foral de Bizkaia cuando el accionista o partícipe tenga su residencia habitual o domicilio fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia y estará obligado a retener la entidad depositaria y, en su defecto, el intermediario financiero o el fedatario público que haya intervenido en la transmisión.

La obligación de retener nacerá en el momento en que se formalice la transmisión.

La retención e ingreso a cuenta a practicar sobre las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de derechos de suscripción será del 19 por 100 de su importe.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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