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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900007173

Estimación directa simplificada: Actividad del transporte de mercancías por carretera (epígrafe 722 de las Tarifas del IAE)



Se calculará el rendimiento de la actividad de acuerdo con el régimen general aplicable a la modalidad simplificada del método de estimación directa, a excepción del porcentaje aplicable a la diferencia entre ingresos y gastos en concepto de las pérdidas por deterioro, las amortizaciones y gastos de difícil justificación que será en el ejercicio 2017 y siguientes el 55%.

Para el ejercicio 2022 excepcionalmente el porcentaje será del 70%.


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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