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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900006967

¿Cómo se anotan las facturas recibidas por las y los sujetos pasivos que no apliquen el Régimen especial de las agencias de viajes?



En el campo “Clave Régimen especial / O. Trascendencia” del Libro registro de facturas recibidas se consignará el valor 01.

En las operaciones realizadas totalmente en el TAI a las que se aplique el régimen especial de las agencias de viajes, se anotará como base imponible cero y como importe total de la factura el total de la contraprestación. No será obligatorio consignar importe en los campos “Tipo Impositivo” y “Cuota Soportada”, mientras que la “Cuota deducible” se enviará con cero.

En las operaciones realizadas totalmente en el TAI a las que se aplique el régimen general, se deberá desglosar la base imponible, la cuota soportada y la cuota deducible.


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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