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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900006930

¿Cómo registra una o un fabricante la minoración de la base imponible del impuesto por la concesión de cupones, bonificaciones o descuentos efectuados a las y los clientes de sus distribuidores o distribuidoras?



Se trata de supuestos en que el fabricante expide únicamente el original de la factura rectificativa sin que resulte procedente entregar copia al distribuidor, ya que este no debe rectificar las cuotas devengadas ni sus deducciones.

La información deberá remitirse en el bloque funcional “Desglose a nivel de factura” marcando el campo “cupón".Este campo es compatible con las claves R1, R5 (factura rectificativa simplificada) y F4 (asiento resumen facturas).

Ejemplo: si el descuento ofrecido por la entidad distribuidora a los consumidores es de 121 euros, y tal importe es reembolsado por el fabricante, éste reducirá la base imponible en 100 euros (121 euros/1,21).Consulta DGT V2966-15.


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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