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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900006920

Qué tipos de operaciones se incluyen en el campo “Clave Régimen Especial / O. Trascendencia”?



Las operaciones incluidas con sus correspondientes claves son:

  • 01 - Operación de régimen general
  • 02 - Exportación
  • 03 - Operaciones a las que se aplique el régimen especial de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección
  • 04 - Régimen especial del oro de inversión
  • 05 - Régimen especial de las agencias de viajes
  • 06 - Régimen especial grupo de entidades en IVA (Nivel Avanzado)
  • 07 - Régimen especial del criterio de caja
  • 08 - Operaciones sujetas al IPSI / IGIC (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación / Impuesto General Indirecto Canario).
  • 09 - Facturación de las prestaciones de servicios de agencias de viaje que actúan como mediadoras en nombre y por cuenta ajena (Disposición adicional tercera del Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 4/2013, de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación).
  • 10 - Cobros por cuenta de terceros de honorarios profesionales o de derechos derivados de la propiedad industrial, de autor u otros por cuenta de sus socios, asociados o colegiados efectuados por sociedades, asociaciones, colegios profesionales u otras entidades que realicen estas funciones de cobro
  • 11 - Operaciones de arrendamiento de local de negocio sujetas a retención
  • 12 - Operaciones de arrendamiento de local de negocio no sujetos a retención
  • 13 - Operaciones de arrendamiento de local de negocio sujetas y no sujetas a retención
  • 14 - Factura con IVA pendiente de devengo en certificaciones de obra cuyo destinatario sea una Administración Pública.
  • 15 - Factura con IVA pendiente de devengo en operaciones de tracto sucesivo
  • 16- Otras facturas anteriores a la inclusión en el SII.
  • 17- Operación acogida a alguno de los regímenes previstos en el Capítulo XI del Título IX (OSS e IOSS)

Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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