www.bizkaia.eus/guregida

Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900006767

Ganancia exenta por la transmisión de su vivienda habitual por personas mayores de 65 años o por personas en situación de dependencia severa o gran dependencia de conformidad con la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia. ¿Cómo debe incluirlo en la declaración de renta? ¿disminuye esta ganancia exenta el crédito vivienda?



Rentaweb

En el apartado “Venta de inmuebles (pisos, locales, terrenos,...) “aparecen los datos relativos a la fecha y valor de transmisión de los inmuebles transmitidos en el ejercicio.

En clave se eligirá:

  • Venta vivienda habitual por mayores 65 años
  • Venta vivienda habitual por personas con dependencia severa o gran dependencia

Se debe rellenar las casillas relativas a la fecha y valor de adquisición del inmueble vendido.

Si el bien vendido es ganancial deberá declarar el 50% de lo percibido en su declaración e indicar el otro 50% en la declaración de tu cónyuge (cuando hayas creado la línea con los datos puedes volver a entrar a editarla y elegir la opción "copiar datos al cónyuge")

Crédito fiscal

Esta ganancia influye en el crédito fiscal de vivienda.


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

Volver

 

enviar por e-mail