www.bizkaia.eus/guregida

Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900006641

¿Cómo se incluye la deducción por doble Imposición Internacional en los programas de renta anteriores al 2020?



Programa de renta válido para ejercicios anteriores al 2020

deducciones

Doble imposición

Se expresarán por Titular los impuestos pagados en el extranjero y la renta obtenida en el extranjero en función de que forme parte de la base liquidable, general o del ahorro, en que se haya integrado dicha renta, con lo cual el programa calculará la deducción.

Se podrá deducir la menor de las dos cantidades siguientes:

  • El importe satisfecho en el extranjero, en concepto de impuesto, por los rendimientos o ganancias de patrimonio, o
  • El resultado de aplicar a la renta obtenida en el extranjero el tipo medio de gravamen, general o ahorro, en función de la parte de la base liquidable, general o ahorro, en que se haya integrado dicha renta.

Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

Volver

 

enviar por e-mail