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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900006337

Deducción por adquisición (y asimilados) de vivienda habitual



Las personas contribuyentes que adquieren total o parcialmente la plena propiedad sobre un inmueble pueden aplicar una deducción del 18 por 100 con el límite de 1.530€ (o en su caso del 23% con el límite de 1.955€) de las cantidades invertidas en la adquisición y financiación de vivienda habitual durante el período impositivo, incluidos los gastos originados por dicha adquisición que hayan corrido a su cargo.

Se asimilan a la adquisición de vivienda habitual:

1. Límite General de tributación

 

%

Individual

Conjunta monoparental

Conjunta biparental

Inversión

18

1.530

1.530

3.060

Financiación

18

Cuenta vivienda

18

 

2. Límite para menores 30 años o titulares de familia numerosa

 

%

Individual

Conjunta monoparental

Conjunta biparental

Inversión

23

1.955

1.955

1.955

1.955

3.910

3.910

Financiación

23

Cuenta vivienda

18

1.530

1.530

3.060

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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