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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005670

¿Cómo tributa el canje ofrecido a los titulares de aportaciones Financieras de Eroski?



Condiciones del canje ofrecido por Eroski:

Canje de las AFSE por Obligaciones Subordinadas de nueva emisión por valor del 55% del nominal de las AFSE, con vencimiento inicial a 12 años y una remuneración en forma de intereses anuales de Euribor más 3 puntos; más el cobro en efectivo del 15% del valor nominal de estas AFSE canjeadas, junto, en su caso, a los intereses anuales correspondientes al último ejercicio; y la aceptación de una quita del 30% del valor nominal de las AFSE canjeadas.

Tributación

En el momento de producirse el canje se produce un rendimiento de capital mobiliario no sujeto a retención por diferencia entre el valor de lo percibido en el momento del canje (obligaciones subordinadas adquiridas más la cantidad percibida en metálico) y el valor de adquisición de las aportaciones financieras en origen.

Si rendimiento de capital mobiliario resultante es negativo lo compensará con rendimientos positivos de la Base del ahorro del ejercicio y si sigue resultando un resultado negativo, tendrá dos opciones:

  • Compensarlo con ganancias de patrimonio de la Base del ahorro del propio ejercicio.
  • O dejarlo pendiente para compensarlo en los 4 ejercicios siguientes con rendimientos, o con ganancias, de la Base del ahorro.
Ejemplo:
  1. Una persona adquirió unas aportaciones financieras de Eroski por importe de 10.000 € en el año 2007. En 2016 los canjea por obligaciones subordinadas con una valoración de 5.500 € y 1.500 € en metálico. Además percibe 300 € por los intereses que corresponden al último ejercicio.
    Tributación:
    • Canje: rendimiento de capital mobiliario no sujeto a retención por importe de -3.000 € (7.000 €- 10.000 €).
    • Intereses percibidos (300 €): rendimiento de capital mobiliario sujeto a retención, compensable con el rendimiento neto negativo anterior.
  2. Si en el caso anterior el contribuyente tiene otras rentas en el ejercicio 2016:
    • Rendimiento de capital mobiliario por unos dividendos por importe de 3.500 € (al estar exentos 1.500 € el rendimiento a computar es de 2.000 €)
    • Una ganancia neta de patrimonio de la base del ahorro por importe de 900 € por la venta de unas acciones.

    ¿Cómo debe compensar el rendimiento negativo derivado del canje?

    • Primero debe compensar el rendimiento negativo derivado del canje (- 3.000 €) con rendimientos positivos de la base del ahorro (2.000 € de los dividendos), así como con los 300 de intereses.
    • Resultado: - 700 €
      • El rendimiento negativo pendiente puede:
      • Dejarlo pendiente para compensarlo con rendimientos positivos de la base del ahorro de los 4 ejercicios siguientes.
      • O compensarlo con la ganancia de patrimonio (900 €) de la base del ahorro, dando lugar a que la misma se reduzca del siguiente modo: 900-700=200 €.
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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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