Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005663
En los supuestos en los que a lo largo del periodo de autoliquidación del impuesto se haya dictado auto de declaración de concurso, el sujeto pasivo estará obligado a presentar dos autoliquidaciones, una por los hechos imponibles anteriores a la declaración de concurso y otra por los posteriores incluido el día de dicha declaración.
Se consignará una X en la casilla 01 y se indicará con formato día/mes/año el periodo al que corresponda la autoliquidación fraccionada.
Este fraccionamiento no se aplicará a los sujetos pasivos inscritos en el RDM ni a los sujetos pasivos acogidos al régimen especial del grupo de entidades (Declaración Resumen Anual).
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.