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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005622

Un profesional tras presentar el modelo 390 correspondiente al ejercicio 2015, se da cuenta que no ha incluido una factura relativa a una compra realizada en dicho ejercicio y por tanto no ha deducido la cuota de IVA soportado. ¿Cómo debe subsanar ese error?



La cuota soportada en la adquisición de ese bien podrá deducirle en la siguiente autoliquidación porque no han pasado 4 años desde que los bienes se pusieron a disposición del comprador.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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