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Requisitos y procedimiento para la presentación telemática de las autoliquidaciones correspondientes al modelo 650



A través de la SEDE electrónica de la DFB

Sucesiones

El modelo 650 está eximido de la obligatoriedad de presentación por medios telemáticos a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia. No obstante tendrá presentación telemática obligatoria, para:

Las notarías, de autoliquidaciones que cuenten con el respaldo de un documento notarial.

Las autoliquidaciones sin cuota a ingresar que, además, cuenten con el respaldo de un documento notarial en el que se constate la realización del hecho imponible (escritura de adjudicación de herencia, no testamento), se presentarán a través de la sede electrónica.

Requisitos para la presentación telemática de las autoliquidaciones correspondientes al modelo 650

La presentación telemática de las autoliquidaciones estará sujeta a las siguientes condiciones:

  1. El Presentador, deberá tener acceso a la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia con cualquier medio de identificación electrónica reconocido (Bak, Bakq...), para la utilización de medios telefónicos y telemáticos en las relaciones con el Departamento de Hacienda y Finanzas, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de gestión de los tributos del Territorio Histórico de Bizkaia, aprobado por Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 112/2009, de 21 de julio.
  2. Para efectuar la presentación telemática de las autoliquidaciones correspondientes al modelo 650, el presentador, deberá transmitir los ficheros generados por los programas de ayuda.
Enlaces

A través de Bizkaibai hasta agosto de 2023

 

Requisitos para la presentación telemática de las autoliquidaciones correspondientes al modelo 650

La presentación telemática de las autoliquidaciones estará sujeta a las siguientes condiciones:

  1. El Presentador, deberá tener acceso como usuario del Servicio BizkaiBai, para la utilización de medios telefónicos y telemáticos en las relaciones con el Departamento de Hacienda y Finanzas, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de gestión de los tributos del Territorio Histórico de Bizkaia, aprobado por Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 112/2009, de 21 de julio.
  2. Para efectuar la presentación telemática de las autoliquidaciones correspondientes al modelo 650, el presentador, deberá transmitir los ficheros generados por los programas de ayuda.

En aquellos casos en que se detecten anomalías de tipo formal en la cumplimentación telemática de las autoliquidaciones, dicha circunstancia se pondrá en conocimiento del presentador por el propio sistema mediante los correspondientes mensajes de error, para que proceda a su subsanación.

Procedimiento para la presentación telemática del modelo 650

En el procedimiento para la presentación telemática de la autoliquidación correspondiente al modelo 650, el presentador, se conectará a través de Internet con la Oficina Virtual del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Bizkaia (Servicio BizkaiBai) en la dirección Web http://www.bizkaia.eus/bizkaibai y procederá como sigue:

  1. Una vez en la pantalla de acceso deberá identificarse en el servicio BizkaiBai mediante Firma Electrónica Reconocida admitida para las relaciones telemáticas entre los contribuyentes y el Departamento de Hacienda y Finanzas o mediante los datos de identificación (identificador de usuario, contraseña y la coordenada solicitada), correspondientes al presentador.
  2. Realizada la correcta identificación, le aparecerá el menú principal BizkaiBai, donde en la opción “Declaraciones telemáticas tributa-rias/Presentaciones”, seleccionará el apartado “Sucesiones y Donaciones”
  3. Pulsará la opción correspondiente al modelo 650.
  4. Seleccionará el fichero con la autoliquidación a transmitir. El fichero debe haber sido generado, por medio del programa de ayuda que tiene disponible en el apartado de "Programas de Ayuda para Confeccionar Declaraciones" de la página principal en Internet de Hacienda Foral.
  5. Transmitirá al Departamento de Hacienda y Finanzas el fichero seleccionado.
  6. De no detectarse errores en el fichero transmitido, se visualizará en pantalla un resumen de la autoliquidación enviada, pudiendo visualizar opcionalmente un borrador de la carátula en ella contenida.
  7. En caso de prestar su conformidad a la autoliquidación enviada, introducirá el PIN de su firma electrónica reconocida o una nueva coordenada que le será solicitada por el sistema, según el procedimiento de identificación utilizado para acceder a Bizkaibai, efectuándose así la presentación formal de la autoliquidación.
  8. Si las características de la autoliquidación exigiesen el envío de cualquier tipo de documentación, aparecerá una pantalla donde se visualizarán el tipo de justificantes a enviar e información sobre la forma de realizar la entrega.
  9. En el supuesto de que la presentación fuese aceptada, el Departamento de Hacienda y Finanzas devolverá en pantalla el resumen definitivo de la autoliquidación presentada, pudiendo el usuario visualizar e imprimir la carátula oficial del modelo presentado, con la totalidad de la información contenida en el borrador que ha dado origen a la presentación, más la de control generada por el sistema, todo ello validado con un sello electrónico de 32 caracteres.
  10. Si las características de la autoliquidación exigiesen el envío de justificantes, el usuario deberá adjuntarlos de forma telemática a la autoliquidación, tal y como se detalla en el paso siguiente.
  11. Para la presentación telemática de los justificantes, se deberán seguir las siguientes instrucciones:
    1. Antes de realizar la presentación, deberá escanear en su ordenador los documentos a anexar.
    2. El sistema sólo admitirá documentos en formato TIFF o en formato PDF. Si los documentos se han escaneado en formato TIFF es imprescindible procesarlos a través del programa ConversorTiff, el cual se puede descargar de forma gratuita en el Servicio BizkaiBai. Este programa generará un nuevo fichero con el formato adecuado para su envío y posterior procesamiento. Los documentos en formato PDF no necesitan ninguna conversión.

      Los documentos a enviar deberán tener un tamaño igual o inferior a 2 MB. Si la información a adjuntar supera este límite, se deberá dividir y enviar por separado, respetando el límite señalado.

    3. A continuación se realizará la presentación de la autoliquidación a través de BizkaiBai tal y como se ha detallado en los puntos anteriores.
    4. Al final de la presentación se debe pulsar el icono “Enviar documentación” para anexar la documentación.
    5. Mediante el botón “Examinar” se seleccionará el PDF deseado o el fichero previamente generado con el programa ConversorTiff. A continuación transmitirá al Departamento de Hacienda y Finanzas el fichero seleccionado pulsando la opción “Enviar”.
    6. Se podrá repetir el proceso varias veces hasta completar la lista de documentación deseada. Una vez hecho esto, se deberá pulsar “Enviar” para hacer efectiva la anexión.

Como medida adicional de seguridad se introducirá el PIN de la firma electrónica reconocida o una nueva coordenada que le será solicitada por el sistema, según el procedimiento de identificación utilizado para acceder a Bizkaibai, efectuándose así la presentación formal de la documentación anexa a la autoliquidación.

Entrega del documento notarial original

En los supuestos de presentación por medios telemáticos, el presentador deberá aportar, a partir del décimo día siguiente al de la transmisión telemática de la autoliquidación, el documento notarial original en el que se constate la realización del hecho imponible y que sirve de base a la autoliquidación en la Oficina Liquidadora correspondiente.

La Oficina Liquidadora devolverá al presentador el documento original, con nota acreditativa de la presentación del documento y del pago del impuesto o de la alegación de la exención o no sujeción.

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Más información


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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