Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005579
A través de la SEDE electrónica de la DFB
El modelo 650 está eximido de la obligatoriedad de presentación por medios telemáticos a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia. No obstante tendrá presentación telemática obligatoria, para:
Las notarías, de autoliquidaciones que cuenten con el respaldo de un documento notarial.
Las autoliquidaciones sin cuota a ingresar que, además, cuenten con el respaldo de un documento notarial en el que se constate la realización del hecho imponible (escritura de adjudicación de herencia, no testamento), se presentarán a través de la sede electrónica.
La presentación telemática de las autoliquidaciones estará sujeta a las siguientes condiciones:
En los supuestos de presentación del modelo 650 por medios telemáticos, el presentador deberá aportar, a partir del décimo día siguiente al de la transmisión telemática de la autoliquidación, el documento notarial original en el que se constate la realización del hecho imponible y que sirve de base a la autoliquidación en la Oficina Liquidadora correspondiente.
La Oficina Liquidadora devolverá al presentador el documento original, con nota acreditativa de la presentación del documento y de la alegación de la exención o no sujeción.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.